La nueva ISO 9001:2015, pese a no hablarnos expresamente de “documentos” y “registros”, sigue recogiendo aspectos formales en la creación y actualización de la “información documentada”. Así, podemos ver en el artículo 7.5.2 los requisitos de la documentación del Sistema de Calidad, a saber:
- Debe identificarse de forma suficiente la información, incluyendo, por ejemplo, título, descripción, autoría, codificación, fecha, etc.
- La organización se asegurará de que se utilicen los formatos y medios de soporte adecuados para su conservación y custodia. En ningún apartado de la norma se hace referencia expresa a que la “información documentada” deba registrarse en papel, recordémoslo. Las opciones abarcan desde fotografías, audios, mails, vídeos, gráficos y cualquier otro medio que permita dejar constancia.
- Debe disponerse de protocolos que garanticen el control de vigencia y actualización de la información.